Tesis num. II.3o.A.10 K (11a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 08-12-2023 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación08 Diciembre 2023
MateriaComún
EmisorTercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito

Hechos: Tanto el Juez de Distrito requirente como el requerido argumentaron carecer de competencia para conocer de la denuncia por incumplimiento a una declaratoria general de inconstitucionalidad, en términos del artículo 210 de la Ley de Amparo, porque el acto reclamado no requería de ejecución material, por lo que era competente para resolver el asunto aquel en cuya jurisdicción residiera el denunciante; sin embargo, este último señaló en el acto reclamado como domicilio uno diverso al indicado en su escrito de denuncia.Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es competente para conocer de la denuncia por incumplimiento a una declaratoria general de inconstitucionalidad el Juez de Distrito que ejerce jurisdicción en el lugar en que se presente, cuando el denunciante tenga más de una residencia, en términos de los artículos 37 y 210 de la Ley de Amparo.Justificación: Lo anterior, porque conforme al artículo 37, último párrafo, de la Ley de Amparo, cuando el acto reclamado no requiere de ejecución material, es competente el Juez de Distrito en cuya jurisdicción se hubiera presentado la...

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