Tesis num. II.3o.P.16 P (11a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 05-08-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación05 Agosto 2022
MateriaPenal
EmisorTercer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito
Hechos

En un juicio de amparo directo los quejosos hicieron valer violación al principio de inmediación, porque la Jueza de juicio oral conoció del asunto en una etapa anterior, pues respecto de uno de ellos realizó y firmó el acuerdo para generar la audiencia de formulación de imputación por cumplimiento de orden de aprehensión y, por el otro, en la audiencia de formulación de imputación por cumplimiento de aprehensión ordenó su libertad, al advertir que no se le habían hecho saber sus derechos y ante la petición de la defensa de que se tuviera por no presentada la formulación de la imputación.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando en un asunto del sistema penal acusatorio el Juez actúa en etapas previas al juicio oral sólo en cuestiones de índole administrativa, sin conocer los hechos ni emitir algún pronunciamiento en el que exista alguna valoración de la información o de los datos de prueba, no se viola el principio de inmediación.

Justificación: La circunstancia de que la persona juzgadora efectuara actos de índole administrativa en la etapa de investigación no viola el principio de inmediación, pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que...

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