Tesis num. II.3o.A.1 K (11a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, 04-03-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación04 Marzo 2022
MateriaComún
EmisorTercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito

La Ley de Amparo y la jurisprudencia del Máximo Tribunal del País han fijado criterios para que se analice la existencia de un conflicto competencial; de ahí que concurran requisitos formales y materiales para que quede debidamente entablado y, reunidos, pueda válidamente un Tribunal Colegiado de Circuito pronunciarse al respecto. Los requisitos formales son presupuestos necesarios y esenciales para que aquél se produzca, previstos en el artículo 48 de la ley citada, y se satisfacen cuando: 1. El órgano requirente hace la declaratoria correspondiente y remite al que, a su consideración, sea competente; 2. El requerido manifiesta no aceptar la competencia planteada y devuelve los autos al requirente; y, 3. Este último insiste en la incompetencia propuesta. Por otro lado, los requisitos materiales para su existencia se refieren al fondo de lo que se resolverá, por tanto, para analizar si se satisfacen, primero debe verificarse que el conflicto verse sobre la misma instancia, de tal forma que ambos órganos jurisdiccionales se nieguen a conocer de un mismo expediente y no de instancias diversas; posteriormente, se debe atender a la materia o territorio –conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y a los Acuerdos Generales del Consejo de la Judicatura Federal–, pues es importante que aun...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR