Tesis num. II.2o.T.27 L (11a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, 12-08-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación12 Agosto 2022
MateriaLaboral
EmisorSegundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito
Hechos

En un juicio ordinario laboral promovido con motivo de un despido injustificado se ofreció como prueba, entre otras, la confesional a cargo de la contraparte y, adicional a esa probanza, se ofertó también el interrogatorio libre a cargo de la misma.

Criterio jurídico: Es innecesario el desahogo de la prueba de interrogatorio libre, adicional a la prueba confesional, debido a que, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 790 de la Ley Federal del Trabajo, vigente a partir del 2 de mayo de 2019, en el desahogo de la prueba confesional las posiciones deben formularse de manera oral mediante interrogatorio abierto.

Justificación: De los artículos 685, 781, 790, fracciones I y II, en relación con el diverso 787, tercer párrafo, incisos b) y d), de la Ley Federal del Trabajo, se obtiene que el proceso del derecho del trabajo se rige, entre otros principios, por los de celeridad y concentración; por tanto, si las partes tienen la facultad de interrogar con libertad a las personas que intervengan en el desahogo de las pruebas sobre los hechos controvertidos, preguntarse mutuamente, así como examinar los documentos y objetos que se exhiban y, si en el desahogo de la prueba confesional, su oferente debe formular las posiciones de manera oral mediante interrogatorio abierto y atendiendo también a la facultad de que goza el juzgador laboral para formular a los absolventes las preguntas que estime pertinentes, así como para ordenar que precisen o aclaren sus respuestas, es evidente que en el desahogo de la prueba confesional queda inmerso el de un interrogatorio libre, por lo que sería contrario a los principios referidos permitir que adicional a la prueba confesional se desahogara una de interrogatorio libre, por lo que es legal que la autoridad laboral deseche esta última, sobre todo...

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