Tesis num. I.5o.T.8 L (11a.) de Quinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 24-06-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación24 Junio 2022
MateriaLaboral
EmisorQuinto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito
Hechos

Un trabajador demandó su reinstalación por despido injustificado a una persona moral cuyo objeto social es la adquisición y construcción de toda clase de bienes inmuebles urbanos, así como el arrendamiento y compra de bienes muebles o inmuebles necesarios para el cumplimento de aquél, entre otras actividades. En su defensa, la empresa negó la relación laboral con el actor de manera lisa y llana; además, aseveró que no tiene trabajadores a su servicio y que, por ello, no le reviste el carácter de patrón. La Junta absolvió a la demandada sobre la base de que el actor no demostró la relación laboral.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que corresponde a la persona moral demandada la carga de la prueba cuando niega lisa y llanamente la relación laboral y puntualiza que no tiene trabajadores a su servicio, pero de su objeto social se desprenden datos que no hacen creíble su defensa y, sólo colmada esta exigencia, corresponderá al operario la carga de desvirtuarlo.

Justificación: Se estima de esta manera, porque tanto el que afirma determinados hechos en calidad de actor, como el que los afirma en calidad de demandado, deben aportar al juzgador los elementos de que dispongan para probar su dicho; por tanto, ante la negativa lisa y llana de la relación laboral, en principio corresponde al trabajador la carga de la prueba de su existencia; pero no sucede lo mismo en los casos en que la parte demandada introduce a la litis el motivo que justifica la inexistencia del vínculo de trabajo, como lo es que no tiene empleados a su servicio y que, por ello, no le reviste el carácter de patrón, cuando de su objeto social se desprenden datos que no hacen creíble esa defensa. Por esta razón, no puede eximirse a la demandada de la carga de probar, pues ello mermaría de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR