Tesis num. I.4o.P.17 P (11a.) de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 12-01-2024 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación12 Enero 2024
MateriaComún
EmisorCuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito

Hechos: Se ejerció acción penal contra una persona por un delito que amerita prisión preventiva oficiosa, conforme al artículo 19, párrafo segundo, de la Constitución General. Después de ponerla a disposición de la autoridad judicial, sin debate entre las partes, se le impuso esa medida cautelar en atención al tipo penal materia de la imputación. La parte quejosa promovió juicio de amparo indirecto contra esa determinación y, como se le negó la protección constitucional, interpuso recurso de revisión, en el que se consideró que la imposición de la prisión preventiva oficiosa no se ajustó al parámetro de regularidad constitucional.Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que si la imposición de la prisión preventiva oficiosa no se ajusta al parámetro de regularidad constitucional, se debe conceder el amparo para que el Juez de Control responsable: (i) cite a las partes a una nueva audiencia, o bien, a un segmento de ésta y la verifique, dejando insubsistente la parte donde resolvió sobre la prisión preventiva oficiosa; enseguida, (ii) con plenitud de jurisdicción, pero teniendo como presupuesto un examen integral, permita el debate condigno y se pronuncie sobre la solicitud de la medida cautelar que, en su caso, corresponda; y (iii) en el escenario de que resuelva sobre alguna medida, después de su emisión oral, debe dejar constancia por escrito.Justificación: El Pleno del Alto Tribunal ha reconocido que el parámetro de regularidad constitucional se integra...

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