Tesis num. I.3o.C.35 C (11a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 02-06-2023 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación02 Junio 2023
MateriaCivil
EmisorTercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Localizador[TA]; 11a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación
Hechos

La controversia en el asunto consistió en determinar si un menor de tres años puede llevar a cabo visitas y convivencias físicas con el progenitor o la progenitora que no tiene la guarda y custodia durante la pandemia derivada del virus SARS-CoV-2 (COVID-19).

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que tratándose del régimen de visitas y convivencias de un menor de cinco años de edad con el padre o la madre que no lo tiene incorporado a su hogar, mientras se encuentren vigentes las políticas públicas emitidas por el Gobierno Federal que lo sitúan en un grupo de riesgo durante la pandemia derivada del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), el solo hecho de sustraer al infante de su domicilio, trasladarlo e incorporarlo a un nuevo ambiente, implica realizar un evento que lo hace más propenso a contraer el virus, lo que conllevaría poner en riesgo su salud y posiblemente su vida dependiendo de la respuesta de su sistema inmune. En consecuencia, se deberá privilegiar su derecho a la vida y la salud sobre el de convivir con su progenitor o progenitora, lo que deriva que las convivencias se realizarán en una modalidad a distancia, a través de los medios de comunicación disponibles y a los que se pueda tener fácil acceso, como videollamadas, reuniones virtuales en plataformas electrónicas u otros similares, con la regularidad suficiente, a fin de mantener comunicación continua entre el menor de edad y su progenitor o progenitora, estableciendo como obligación de quien cohabita con él, permitir el sano desarrollo de dichas convivencias, de manera que se lleven a cabo en forma libre y espontánea, sin que ello implique una discriminación.

Justificación: Lo anterior, porque si bien el periodo de confinamiento recomendado por las autoridades sanitarias, derivado de la pandemia por el virus denominado SARS-CoV-2 (COVID-19) ha concluido y se han establecido políticas públicas sanitarias con el objeto de transitar hacia una nueva normalidad, así como que el semáforo de riesgo epidemiológico (sistema de monitoreo para la regulación del uso del espacio público de acuerdo con el riesgo de contagio de COVID-19), ha colocado en color verde a la Ciudad de México, lo que significa que se permite la operación de actividades económicas y sociales, aunado a que la Secretaría de Educación Pública ha decretado el regreso a clases presenciales en los distintos niveles educativos; sin embargo, los Jueces encargados de determinar la...

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