Tesis num. I.3o.C.452 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 21-01-2022 (Tesis Aisladas)

Fecha de publicación21 Enero 2022
MateriaConstitucional, Civil
EmisorTercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito

Hechos: En un juicio de amparo indirecto el quejoso, por propio derecho y en representación de su menor hija, reclamó la sentencia interlocutoria relativa a la guarda y custodia, a través de la cual se confirmó el auto en el que se decretó un arresto por doce horas en su contra, dada la renuencia de presentar a la niña a una entrevista diagnóstica, que era necesaria para determinar el régimen de visitas y convivencias a favor de la menor de edad y su progenitora. El Juez de Distrito determinó conceder el amparo bajo el argumento toral de que la medida de apremio consistente en el arresto por doce horas, no cumplía con lo dispuesto en los artículos 14 y 16 de la Constitución General que consagran los principios fundamentales de legalidad y seguridad jurídica, porque la responsable debió emitir su mandamiento en términos precisos y bajo las condiciones establecidas por dichos principios y no en forma genérica, lo anterior con el objeto de que el particular tuviera la certeza jurídica de que la medida se fundó en las disposiciones legales aplicables.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que es obligación del juzgador, de oficio, detectar y visibilizar la aparente igualdad de género que provoca violencia hacia la mujer, cuando de las constancias advierta que de manera injustificada se ha privado el derecho de crianza de los hijos a la madre, porque quien ejerce la guarda y custodia es el padre bajo una supuesta erradicación de roles de género.


Justificación: Lo anterior, porque en la tesis de jurisprudencia 1a./J. 22/2016 (10a.), de título y subtítulo: "ACCESO A LA JUSTICIA EN CONDICIONES DE IGUALDAD. ELEMENTOS PARA JUZGAR CON PERSPECTIVA DE GÉNERO.", la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el reconocimiento de los derechos humanos a la igualdad y a la no discriminación por razones de género impone a todo órgano jurisdiccional la obligación de impartir justicia con base en una perspectiva de género, para lo cual debe instrumentar un método en la controversia judicial, aun cuando las partes no lo soliciten, a fin de verificar si existe violencia o alguna situación de vulnerabilidad que, por cuestiones de género, impida impartir justicia de manera completa e igualitaria a ambas partes en la relación jurídico-procesal. Ahora bien, bajo una aparente igualdad de género y para evitar supuestamente estereotipos de género, existen...

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