Tesis num. I.15o.C.73 C (10a.) de Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 11-03-2022 (Tesis Aislada)

Fecha de publicación11 Marzo 2022
MateriaCivil
EmisorDécimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Hechos

Un particular promovió, en la vía de jurisdicción voluntaria, diligencias de apeo y deslinde respecto de un porcentaje específico de un inmueble sujeto a copropiedad; los demás copropietarios se opusieron a dicha diligencia y, en razón de ello, el Juez de primer grado dejó a salvo los derechos del promovente para que los hiciera valer en la forma que estimara pertinente; contra dicha determinación el promovente interpuso recurso de apelación, mismo que la revocó, declaró infundada la oposición presentada y ordenó que se continuara con las diligencias de apeo y deslinde.

Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que en inmuebles sujetos al régimen de copropiedad, las diligencias de apeo y deslinde son improcedentes, porque no es el bien lo que se comparte, sino el derecho de propiedad sobre éste.

Justificación: Lo anterior, porque la finalidad de las diligencias de apeo y deslinde consiste en otorgar la certeza de los límites que separan un predio de otro u otros y, aunque no prejuzga sobre la propiedad o posesión de los colindantes, su resultado sí tiene por efecto fijar como límites legales las señales convenientes en los puntos deslindados y otorgar la posesión o el mantenimiento en ella al promovente. Luego, si la característica principal de la copropiedad es que los copropietarios son...

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