Tesis num. I.11o.T.83 L (10a.) de Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 06-08-2021 (Tesis Aisladas)

Fecha de publicación06 Agosto 2021
MateriaLaboral
EmisorDécimo Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito

Hechos: Una trabajador de confianza que laboró para Petróleos Mexicanos (Pemex) demandó el despido injustificado del que dijo fue objeto. La demandada se excepcionó en el sentido de que no existió separación alguna, sino que el actor tuvo el carácter de trabajador disponible sujeto a reacomodo, en suplencia del titular de una plaza, por lo que al reincorporarse este último a sus labores, se dio por concluida la relación de trabajo. Posteriormente, en un diverso juicio, que fue acumulado, el trabajador reclamó el otorgamiento de la pensión jubilatoria, excepcionándose la demandada en el sentido de que la acción ejercitada se encontraba sujeta a lo que se resuelva en el otro juicio. En el laudo la Junta condenó al otorgamiento de la jubilación, lo cual se reclamó en amparo directo.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que cuando se demanda la jubilación, el requisito de exigibilidad consistente en dar por terminada la relación de trabajo, se colma con la instauración del juicio laboral en el que se demande aquélla, pues se tiene por expresada la voluntad del trabajador en el sentido de que es su deseo concluir el vínculo laboral, pero si previamente demandó su reinstalación por despido injustificado, el otorgamiento de dicha pensión dependerá de lo que se resuelva respecto de éste, ya que es necesario que la Junta decida sobre la legalidad de la separación, para analizar si, a consecuencia de ésta, el operario cumplió con los requisitos para el goce de la pensión...

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