Tesis. Nóminas, impuestos sobre. los artículos 48, 49 y 50 de la ley de hacienda del estado de jalisco, no constituyen invasión de esferas, porque no gravan ningún aspecto del servicio de autotransporte públicofecha publicación: 03/08/2013

Año2013
Fecha de publicación03 Agosto 2013
LocalizadorTOMO I

NÓMINAS, IMPUESTOS SOBRE. LOS ARTÍCULOS 48, 49 Y 50 DE LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE JALISCO, NO CONSTITUYEN INVASIÓN DE ESFERAS, PORQUE NO GRAVAN NINGÚN ASPECTO DEL SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE PÚBLICO.- Los artículos 48, 49 y 50 de la Ley de Hacienda del Estado de Jalisco, que contemplan el impuesto sobre nóminas, no constituyen invasión de esferas porque no gravan ningún aspecto del transporte público de pasajeros. En efecto, el artículo 49 en relación con el artículo 48 de la ley de referencia establece que se encuentran obligadas al pago del impuesto sobre nóminas, las personas físicas y morales obligados a efectuar pagos en efectivo o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal prestado bajo la subordinación de las mismas con carácter de patrón. Igualmente establece que, para los efectos de este impuesto, se considerarán remuneraciones al trabajo personal subordinado, las contraprestaciones ordinarias o extraordinarias, que realicen los patrones en favor de sus empleados. De lo anterior se advierte que el objeto del impuesto reclamado son las erogaciones en efectivo o en especie por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado. De ello, no se sigue que los artículos mencionados graven algún aspecto del servicio público de autotransportes de pasajeros. Además, cabe destacar que en los casos en que los hechos generadores de un tributo no son propiamente las actividades que contempla el artículo 73 fracción XXIX de la Constitución, sino que su objeto es diferente al que establece el precepto constitucional invocado, no hay impedimento legal para que las entidades federativas no los puedan establecer por no existir invasión a la esfera federal.

Juicio de Nulidad número I-A 31/96, promovido por Crisólogo Cruz Cruz, Apoderado General Judicial para Pleitos y Cobranzas de la sociedad mercantil denominada Transportes del Norte de México, L. y Anexas, Servicios Internacionales, S.A. de C.V..en contra de la H. Secretaría de Finanzas del Gobierno del...

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