Tesis. Negativa de un hecho, su carga probatoriafecha publicación: 03/08/2013

Año2013
Fecha de publicación03 Agosto 2013
LocalizadorTOMO I

NEGATIVA DE UN HECHO, SU CARGA PROBATORIA.- Si el particular alega que no cometió infracción de tránsito alguna, y además argumenta que el agente vial que asentó en la cédula respectiva tal infracción lo realizó en forma clandestina, esto es, aprovechando su ausencia y sin notificársela debidamente, tenemos que esa negativa lisa y llana encierra la afirmación de hechos que debe demostrar debidamente, esto es, la carga de la prueba de los hechos antes descritos y que alega en su escrito de demanda recae sobre él, en los términos de lo dispuesto por el Código de Procedimientos Civiles en sus artículos 286 y 287.

Juicio de Nulidad II-70/2000.- S.Y.P. y otro Vs. Agente de Vialidad con número de orden 1575 zona 5 de la Secretaría de Vialidad y Transporte del Gobierno de la entidad.- 26 de enero del año 2001.- Magistrado: E.V.C..- Secretatrio: B.A.E.H..



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