Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Febrero de 2008 (Tesis num. P. XXIV/2008 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-02-2008 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 170322 |
Número de resolución | P. XXIV/2008 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2008 |
Fecha | 01 Febrero 2008 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; XXVII, Febrero de 2008; Pág. 12 |
Emisor | Pleno |
Materia | Administrativa |
La causa de improcedencia del juicio de garantías prevista en la fracción IX del artículo 73 de la Ley de Amparo, relativa a "actos consumados de un modo irreparable", se refiere a aquellos cuyos efectos fueron completamente realizados sin posibilidad jurídica o material de volver las cosas a su estado anterior, de modo que las violaciones que producen al agraviado no puedan ser reparadas a través del juicio de amparo, lo que no sucede tratándose de una expropiación, porque aun cuando las autoridades correspondientes puedan entrar en posesión de los bienes, los actos siguen produciendo efectos que es posible desaparecer, volviendo las cosas al estado en que se encontraban.
Amparo en revisión 1135/2004. Banco Internacional, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bital. 16 de enero de 2006. Once votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: M.A.C.A..
Amparo en revisión 1132/2004. M.T.M.C. y otros. 17 de enero de 2006. Once votos. Ponente: S.S.A.A.. Secretario: A.M.F..
Amparo en revisión 1134/2004. Ingenio La Margarita, S.A. de C.V. y otras. 17 de enero de 2006. Unanimidad de diez votos. Ausente: O.S.C. de G.V.. Ponente: M.B.L.R.. Secretaria: C.M.P..
El Tribunal Pleno, el catorce de enero en curso, aprobó, con el número XXIV/2008, la tesis aislada que antecede. México, Distrito Federal, a catorce de enero de dos mil ocho.
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-01-2017 (AMPARO EN REVISIÓN 881/2016)
...por no ser factible restablecer las cosas al estado que guardaban antes de la violación reclamada. Así se advierte de la tesis aislada P. XXIV/20088 y de la jurisprudencia 2a./J. 171/20079, que “EXPROPIACIÓN. NO CONSTITUYE UN ACTO CONSUMADO DE MODO IRREPARABLE. La causa de improcedencia del......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 19-09-2018 (AMPARO EN REVISIÓN 788/2017)
...fracción IX: Artículo 73.- El juicio de amparo es improcedente: […] IX.- Contra actos consumados de un modo irreparable. 12 Tesis aislada P. XXIV/2008, SJFG, novena época, tomo XXVII, febrero de 2008, página 12, registro 170322, de rubro: “EXPROPIACIÓN. NO CONSTITUYE UN ACTO CONSUMADO DE MO......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 20-06-2018 (CONTRADICCIÓN DE TESIS 355/2015)
...Derecho Procesal Civil. Décima Edición, Editorial Oxford, México 2013, pág.198. 13 Ibídem, pág. 214. 14 Ver por ejemplo la tesis aislada P. XXIV/2008 del P. de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de rubro “EXPROPIACIÓN, NO CONSTITUYE UN ACTO CONSUMADO DE MODO IRREPARABLE”. Ver tambi......
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...volver las cosas al estado que guardaban antes de la violación cometida. Ilustra lo anterior, por analogía y en lo conducente, la tesis P. XXIV/2008 y jurisprudencia 2a./J. 171/2007 sustentadas por el Pleno y la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, respectivamente, de ......