Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 1994 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro902667
MateriaConstitucional
EmisorPleno

La Ley de Contribuciones para Obras Públicas de Urbanización en el Municipio de Cuernavaca, M., es general y abstracta, ya que el artículo 2o. establece que las contribuciones sobre banquetas, pavimentos, alumbrado público ornamental, atarjeas y conexión del sistema de atarjeas a fraccionamientos urbanos, se causarán en relación con los predios beneficiados que tengan frente a la calle donde se efectúen las obras o, si son interiores, que tengan acceso a dicha calle en virtud de una servidumbre de paso, y el artículo 3o. establece que tales contribuciones se causarán por los propietarios de los citados predios o por las empresas fraccionadoras, sin que establezca que la ley rige para determinada o determinadas personas.



Amparo en revisión 9394/67.-Victoria Albarrán Curiel.-14 de agosto de 1969.-Unanimidad de diecinueve votos.-Ponente: M.R.V..




Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 8, Primera Parte, página 41, Pleno.

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