Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 1972 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro902645
MateriaConstitucional
EmisorPleno

Es inexacto que los artículos 14 y 42 de la Ley General de Normas, Pesas y Medidas restringen o limitan la libertad de trabajo, pues su contenido normativo se dirige solamente a establecer la obligación de verificar los instrumentos de pesar y medir, así como fijar las sanciones que procedan en caso de inobservancia de dicha obligación; la cual no puede considerarse que impida a las personas dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo que les acomode, sino que, tratándose de la actividad mercantil, constituye únicamente un requisito de revisión indispensable para dar seguridad y eficacia a las operaciones comerciales en beneficio de la colectividad. Además, si el segundo de los preceptos transcritos otorga facultades a la autoridad administrativa para sancionar a las personas que no cumplan con la mencionada obligación de verificar periódicamente sus instrumentos de pesar y medir, tampoco puede estimarse que esté impidiendo a los particulares el ejercicio del comercio, pues se trata solamente de un medio sancionador a través del cual la autoridad conmina a las personas para que respeten tal requisito, pero sin desde luego prohibirles que se dediquen a aquella actividad.


Amparo en revisión 8200/85.-J.G.M..-24 de junio de 1986.-Unanimidad de veinte votos.-Ponente: J.O.T..




Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 205-216, Primera Parte, página 81, Pleno.

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