Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 1233 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro901906
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
EmisorPleno

Los artículos 20 y 21 del Reglamento sobre las Horas de Apertura y Cierre de los Establecimientos Mercantiles e Industriales del Municipio de Tampico, no son violatorios del artículo 4o. de la Constitución Federal, ya que no contienen ninguna disposición que impida a los particulares dedicarse a la actividad que estimen pertinente, pues lo único que hace el reglamento es establecer el horario a que deben sujetarse los establecimientos comerciales enumerados en los mismos artículos 20 y 21 citados. Esta reglamentación se funda precisamente en el artículo 4o. de la Constitución Federal y obedece a la facultad que tiene el Poder Legislativo para dictar disposiciones, como las reclamadas, dirigidas a las personas que prestan servicios al público, a fin de ejercer el debido control sobre los mismos establecimientos, así como una mejor prestación al público de esos servicios.


Amparo en revisión 4004/69.-Armería y Ferretería El Faisán, S.A. y otros.-29 de abril de 1975.-Unanimidad de diecinueve votos.-Ponente: J.R.P.V..







Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 76, Primera Parte, página 39, Pleno.

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