Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 994 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro901667
MateriaConstitucional
EmisorPleno

El artículo 668 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León es violatorio de las garantías de defensa y seguridad jurídica previstas por los artículos 14 y 16 de la Constitución Federal, porque tal precepto establece la facultad del Juez para decretar la no confirmación del embargo y, por tanto, su levantamiento de plano, sin estatuir para ello ningún procedimiento conforme al cual el embargante pueda ser previamente oído y vencido.


Reclamación en el amparo en revisión 5266/75.-R.S.R.G. de junio de 1978.-Unanimidad de dieciséis votos.-Ponente: A.R.C..




Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 109-114, Primera Parte, página 86, Pleno.

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