Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 544 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro901217
MateriaConstitucional,Derecho Fiscal,Derecho Constitucional
EmisorPleno

La Ley de Hacienda que se ha dejado mencionada, señala como sujeto del impuesto al productor agrícola que realice su actividad dentro de su territorio, dejando la fijación de las tasas del impuesto a la Ley de Ingresos, por lo que al señalar la de 1966 el impuesto de un centavo por kilogramo de caña de azúcar, se refiere al productor, pero no al comprador, que no tiene el carácter de sujeto del impuesto, porque aun cuando es cierto que la propia Ley de Hacienda establece la solidaridad del pago del impuesto a cargo del comprador, tal situación se produce cuando éste, pese a que debe exigir que esté cubierto el impuesto de referencia por el productor, omite este requisito que lo lleva al cumplimiento de la obligación que no era a su cargo y propiamente como una sanción que no lo convierte en sujeto de la carga fiscal claramente determinado en la Ley de Hacienda. En las relacionadas condiciones, carece de interés jurídico para combatir el impuesto que no es a su cargo, sino en la forma secundaria y bajo las condiciones que se dejan señaladas.



Amparo en revisión 2085/63.-Ingenio S.I., S.A. de C.V.-23 de abril de 1971.-Mayoría de diez votos.-Disidentes: E.G.L., J.S.Á., E.M.U., M.A.R. y E.S.L..-Ponente: M.R.S..


Volumen 5, pág. 55.-Amparo en revisión 2820/66.-Ingenio S.I., S.A. de C.V.-13 de mayo de 1969.-Unanimidad de dieciséis votos.-Ponente: M.Y.R..





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Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 28, Primera Parte, página 25, Pleno.

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