Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Junio de 1988 (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-06-1988 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Junio 1988
Fecha01 Junio 1988
Número de registro206039
Localizador8a. Época; Pleno; S.J.F.; I, Primera Parte-1, Enero a Junio de 1988; Pág. 25
MateriaConstitucional,Común
EmisorPleno

Los cuerpos legales expedidos por el Ejecutivo Federal en uso de facultades extraordinarias concedidas a su favor por el Congreso de la Unión tienen la misma naturaleza y jerarquía que las leyes ordinarias, pues respecto de ellas el Ejecutivo actúa como órgano legislativo en sustitución y con autorización del Congreso citado y, por tanto, compete al Pleno, en grado de revisión, el conocimiento de los juicios de amparo enderezados contra ellos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 84, fracción I, inciso a), de la Ley de Amparo y 11, fracción V, inciso A), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y no a las Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, porque dichos cuerpos legales no tienen el carácter de reglamentos expedidos por el Ejecutivo en uso de la facultad reglamentaria.

Amparo en revisión 11218/84. F.C.R.. 7 de junio de 1988. Unanimidad de diecinueve votos de los señores ministros: de S.N., L.C., Cuevas Mantecón, Alba Leyva, A.G., D.I., F.D., P.V., A.G., R.R., M.D., G. de V., G.M., V.L., M.F., S.T., D.R., S.O. y presidente del R.R.. Ponente: M.A.G.. Secretaria: M.E.F.M.G.P..

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