Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Febrero de 1997 (Tesis num. P. XI/97 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-02-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónP. XI/97
Fecha de publicación01 Febrero 1997
Fecha01 Febrero 1997
Número de registro199480
Localizador9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; V, Febrero de 1997; Pág. 191
EmisorPleno
MateriaAdministrativa,Constitucional,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional

Las hipótesis de traslación del impuesto al valor agregado, como son el adquirir determinado bien, usar o gozar temporalmente de algún bien o recibir un servicio, reflejan la misma capacidad contributiva de los consumidores finales que deben pagar dicho tributo, independientemente de su situación económica, pues ésta es ajena al elemento considerado por el legislador para establecer el traslado del gravamen; y, como los citados consumidores deben pagar una cantidad equivalente al monto del citado tributo, se respeta el principio de proporcionalidad tributaria consignado en la fracción IV del artículo 31 constitucional.

Amparo en revisión 363/96. D.C.F.. 21 de noviembre de 1996. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: G.D.G.P. y H.R.P.. Ponente: M.A.G.. Secretaria: Ma. Estela F.M.G.P..


El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veinte de enero en curso, aprobó, con el número XI/1997, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veinte de enero de mil novecientos noventa y siete.

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