Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 1 de Abril de 1998 (Tesis num. P. XXIV/98 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-04-1998 (Tesis Aisladas))
Número de registro | 196540 |
Número de resolución | P. XXIV/98 |
Fecha de publicación | 01 Abril 1998 |
Fecha | 01 Abril 1998 |
Localizador | 9a. Época; Pleno; S.J.F. y su Gaceta; VII, Abril de 1998; Pág. 119 |
Emisor | Pleno |
Materia | Penal,Derecho Penal |
Debido a que es personalísima la obligación del procesado de comparecer ante el tribunal que conoce del juicio, si no cumple con ella, a pesar de que sabía de la misma desde que obtuvo la libertad caucional y en particular cuando se le notificó el proveído que lo cita a la audiencia final del juicio, es claro que transgrede, en su propio perjuicio, el artículo 411 del Código Federal de Procedimientos Penales y da motivo para que se le revoque su libertad provisional, en términos del numeral 412, fracciones I y VII, del mismo ordenamiento legal; sin que sea necesario para ello que incumpla por más de una vez esa obligación u otra diversa, porque este último precepto no establece que el desacato debe ser reiterado, para dar lugar a la revocación del beneficio caucional.
Amparo en revisión 1028/96. C.M.S.. 13 de enero de 1998. Unanimidad de diez votos. Ausente: M.A.G.. Ponente: H.R.P.. Secretario: M.R.F..
El Tribunal Pleno, en su sesión privada celebrada el veintitrés de marzo en curso, aprobó, con el número XXIV/1998, la tesis aislada que antecede; y determinó que la votación es idónea para integrar tesis jurisprudencial. México, Distrito Federal, a veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y ocho.
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Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 1847 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))
...H.R.P.: M.R.F.. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., abril de 1998, página 119, Pleno, tesis P. XXIV/98....