Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro232011
MateriaComún
EmisorPleno

De acuerdo con la jurisprudencia número 19 contenida en la página 38 de la Octava Parte del último A. al Semanario Judicial de la Federación, los supuestos para que opere la causal de improcedencia cuando el amparo se endereza contra actos derivados de otros consentidos son, la existencia de un acto anterior consentido y la existencia de un acto posterior que sea una consecuencia directa y necesaria de aquél.

Amparo en revisión 3616/86. Aceros y Laminado del Norte, S.A. de C.V. 26 de mayo de 1987. Unanimidad de veinte votos. Ponente: M.A.G.. Secretaria: C.M.A..


Véase: A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, tesis 19, página 38, bajo el rubro "ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS. IMPROCEDENCIA .".

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