Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro232966
MateriaCivil,Derecho Civil,Derecho Mercantil y de la Empresa
EmisorPleno

En el caso de las leyes estatales que gravan los ingresos obtenidos por enajenación de bienes a los causantes, aun cuando no se encuentren en dicha entidad, en virtud de realizarse las operaciones por comisionistas, se estima que los actos son efectuados por el comitente. En efecto el comisionista, en este tipo de asuntos, es un representante de la persona que vende y la operación se realiza en el lugar del acuerdo de voluntades, o sea en el territorio de la entidad federativa correspondiente. El comisionista es representante del comitente de acuerdo con el artículo 273 del Código de Comercio que le otorga calidad de mandatario. El impuesto grava los ingresos que se obtienen por toda traslación de dominio de carácter mercantil y se realiza la operación a nombre y cuenta del comitente y la circunstancia de que no realice las operaciones por conducto de los representantes legales, designados en la escritura constitutiva, no implica que no las efectúe, pues el comisionista es un representante del comitente y contrata a nombre de él, de donde se infiere que quien celebra los contratos es el comitente, sujeto que se encuentra bajo los supuestos generadores del crédito fiscal. Si las operaciones de enajenación de bienes las realiza el comisionista en el territorio del Estado respectivo, se estima, por otra parte, que la operación se ha celebrado precisamente en dicho territorio.

Amparo en revisión 8949/65. Fábricas de Calzado Canadá, S.A. 5 de noviembre de 1974. Unanimidad de dieciocho votos. Ponente: R.R.V.. Secretario: A.P.C..


Séptima Epoca, Primera Parte:


Volumen 66, página 32. Amparo en revisión 383/59. Compañía Exportadora del Sur, S.A. 4 de junio de 1974. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: D.F.R.. Secretario: A.P.C..


Nota:


En el Volumen 66, página 32, la tesis aparece bajo el rubro "COMISION MERCANTIL. LOS ACTOS QUE REALIZA EL COMISIONISTA A NOMBRE DEL COMITENTE SE ESTIMAN REALIZADOS POR ESTE ULTIMO Y EN EL LUGAR DE LA CELEBRACION DE LOS ACTOS JURIDICOS (LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE SONORA).".


En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "COMISION MERCANTIL. LOS ACTOS QUE REALIZA EL COMISIONISTA A NOMBRE DEL COMITENTE SE ESTIMAN REALIZADOS POR ESTE ULTIMO Y EN EL LUGAR DE LA CELEBRACION DE LOS ACTOS JURIDICOS.".

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