Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro257545
MateriaCivil
EmisorPleno

Cuando se ejercita acción personal de retracto y dos son las personas demandadas, con diversos domicilios, uno de ellos dentro de la jurisdicción del J. ante quien el actor ejercitó su acción, de acuerdo con las disposiciones de los artículos 156, fracción IV, y 51, misma fracción, de los Códigos de Procedimientos Civiles del Distrito y Territorios Federales y del Estado de México, en relación con el artículo 32 del Código Federal de Procedimientos Civiles, se impone declarar que el citado J. es el competente para conocer del juicio.

Competencia 60/67. Suscitada entre el J. Segundo de lo Civil de Toluca, Estado de México y el J. Séptimo Menor de la Ciudad de México. 2 de abril de 1968. Unanimidad de quince votos. Ponente: M.R.V..

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