Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro258096
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
EmisorPleno

La ley impugnada, combatida con motivo de su aplicación, no afecta los intereses jurídicos de los quejosos, si esa aplicación en perjuicio de los promoventes no está comprobada en autos, puesto que las autoridades ordenadoras negaron categóricamente haber ordenado dicha aplicación, y la mayoría de las autoridades ejecutoras también negaron haber recibido dichas órdenes, sin que haya prueba en contrario, de la parte quejosa, por lo que no puede aceptarse que deben tenerse por presuntivamente ciertos dichos actos de aplicación respecto de las autoridades ejecutoras que no rindieron sus informes, puesto que esta presunción, establecida por el artículo 149 de la Ley de Amparo, está desvirtuada por el informe justificado rendido por las citadas autoridades ordenadoras, en el que niegan la existencia de las órdenes relativas, y por tanto, si no existieron las órdenes de referencia, tampoco pudieron recibirlas las autoridades que no rindieron sus informes, de lo que se concluye que la ley reclamada no les causa perjuicio alguno a los quejosos y consecuentemente no afecta sus intereses jurídicos, lo que determina la causa de improcedencia establecida por los artículos 4o. y 73 fracción V, y apoya el sobreseimiento con fundamento en lo dispuesto por el artículo 74, fracción IV, de la Ley de Amparo.

Amparo en revisión 4720/57. R.R.M. y coagraviados. 14 de noviembre de 1961. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: M.R.V..

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