Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro279888
MateriaComún
EmisorPleno

No pueden tenerse como expresión de agravios, contra la sentencia pronunciada por el Juez de Distrito, las razones dadas en el informe justificado, pues éstas tienden a justificar el acto que se reclama; pero no pueden servir de fundamento a los agravios que cause la sentencia, puesto que éstos tienen que ser posteriores a los hechos que sirvieron de base a los razonamientos expuestos en el informe.

Tomo XVI, página 1598. I.A.. Amparo 3572/21. F.E.. 20 de junio de 1925. Mayoría de siete votos. Ausentes: G.A.V. y S.M.O.. Disidentes: S.U. y T.H.O.. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo XVI, página 1598. I.A.. Amparo 3544/21. R.A.P.. 13 de junio de 1925. Mayoría de seis votos. Disidentes: E.G.P., F.M.R., S.M.O., S.U. y T.H.O.. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo XVI, página 1275. Amparo administrativo en revisión 3571/21. T.R. y Compañía. 5 de junio de 1925. Mayoría de siete votos, respecto de la primera proposición resolutiva. Disidentes: S.U., F.M.R., F.D.L. y T.H.O. y por mayoría de ocho votos, respecto de la segunda. Disidentes: S.U., T.H.O. y M.P.. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XVI, página 714, tesis de rubro "INFORME CON JUSTIFICACION.".

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR