Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro283375
EmisorPleno
MateriaPenal,Derecho Penal

Si el falsario hiciere uso del documento falsificado, se acumularán la falsificación y el delito que por medio de ella cometa el delincuente; y si la sentencia sólo tuvo en cuenta la falsificación, y con esa sentencia se conformaron las partes, no es lícito, posteriormente pretender que se imponga al delincuente pena mayor, por el uso que se haya hecho del documento falsificado; pues se llegaría al absurdo de castigar al acusado con dos penas, por el mismo delito.

Recurso de súplica 15/24. R.R.F. y coacusados. 17 de mayo de 1926. Unanimidad de ocho votos y por igual unanimidad en el sentido que se comunique por telégrafo al Juez de distrito de Querétaro, con relación al oficio de fojas ochenta. Por mayoría de seis votos. Disidentes: R.B.C. y T.H.O., se declaró procedente el recurso de súplica. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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