Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro284873
EmisorPleno
MateriaPenal

Este precepto otorga, entre otras garantías, la de que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, ya sea que en el mismo juicio se le absuelva o se le condene, y, por sus términos, se ve que solamente puede violarse la garantía que consigna, cuando la autoridad judicial conoce de determinados hechos delictuosos, respecto de los cuales, otro tribunal a pronunciado sentencia firme, ya sea absolutoria o condenatoria, y no cuando la misma autoridad judicial se declara incompetente, y otra competente se avoca el conocimiento de los mismos hechos; supuesto que la primera de esas autoridades no juzgó ni sentenció a la parte acusada.

Amparo penal directo. M.J.. 2 de febrero de 1924. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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