Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro286849
EmisorPleno
MateriaComún

La ejecutoria que deniega el amparo, deja en aptitud a las autoridades responsables, de continuar sus procedimientos conforme a la ley; y contra tales procedimientos se podrá entablar los recursos que la ley conceda; pero de ninguna manera procede la queja por desobedecimiento a una sentencia de amparo.

Queja en materia civil. V.C.E. y coagraviados. 1o. de febrero de 1922. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros A.G. e I.N. no estuvieron presentes, por las razones que se exponen en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.











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