Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro291118
EmisorPleno
MateriaComún

Debe concederse, cuando la pida el agraviado, en los casos en que con ella no se sigan perjuicios a la sociedad ni al Estado, y los que se causen al quejoso con la ejecución del acto, sean de difícil reparación.

Amparo administrativo. Revisión del auto que concedió la suspensión. C.E.. 2 de febrero de 1918. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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