Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro291988
MateriaComún
EmisorPleno

Si con ella no se evita el daño que cause al agraviado la ejecución del acto, es improcedente conceder la suspensión.

Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. M.S.G. 22 de junio de 1918. Mayoría de seis votos. Disidentes: A. de Valle, E.G.P., E.M., M.E.C. y V.P.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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