Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis num. 28 de Suprema Corte de Justicia, Pleno (Tesis Aisladas))

Número de registro386584
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorPleno

La doble tributación sobre la misma fuente exige el mismo sujeto pasivo y el mismo objeto en la relación fiscal y, en el caso del artículo 15 fracción IX de la Ley del Impuesto sobre la Renta que establece el impuesto sobre dividendos, no puede ser el mismo sujeto pasivo el socio que la sociedad, ya que aún cuando aquél integra ésta, ambos tienen personalidad jurídica distinta, y, la sociedad, aún siendo una ficción, puede ser gravada por la utilidad que percibe como tal, y el socio, por los dividendos que obtiene; pues no debe olvidarse que no toda la utilidad de la sociedad se traduce en dividendos para los socios, ya que éstos pueden disponer que determinada parte se reinvierta en la sociedad y sólo se les distribuya otra, no tratándose, por tanto, de una doble tributación sobre la misma fuente.

Amparo en revisión 2401/50. A.L., S.A. y coags. 14 de junio de 1977. Unanimidad de diecinueve votos de los Ministros: L.A., F.R., C.M., C.T., R.S., L.M., A.A., L.R., R.C., R.F., I., P.V., S.R., C.A., S. de T., S.V., C.G., M.G. y presidente: A.T.C.. Ponente: S.M.G.. Secretario: F.M.R..

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