Tesis de Jurisprudencia 2010929
Autor | Ricardo Gluyas Millán |
Páginas | 19-20 |
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PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA. LA LEY FEDERAL RELATIVA, AL CONSTITUIR UN SISTEMA NORMA-TIVO COMPLEJO, RESULTA IMPUGNABLE EN AMPARO DESDE SU ENTRADA EN VIGOR. LA LEY FEDERAL PARA LA PREVENCIÓN E IDENTIFICACIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA CONTIENE UN ENTRAMADO DE OBLIGACIONES PARA SUS DISTINTOS DESTINATARIOS, ALGUNAS DE LAS CUALES SE ACTUALIZAN DESDE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY, MIENTRAS QUE OTRAS ESTÁN SUJETAS A QUE SE SURTA EL SUPUESTO NORMATIVO CONCRETO, CON LA FINALIDAD SUSTANCIAL DE DOTAR A NUESTRO PAÍS DE INSTRUMENTOS SUFICIENTES PARA PREVENIR Y DETECTAR OPERACIONES LLEVADAS A CABO CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA O TENDIENTES A FINANCIAR ACTOS DE TERRORISMO. EN ESE SENTIDO, SE SOSTIENE QUE TAL ORDENAMIENTO LEGAL, AL CONSTITUIR UN SISTEMA NORMATIVO COMPLEJO, DEBE ANALIZARSE COMO AUTOAPLICATIVO EN SU INTEGRIDAD Y, POR ENDE, PUEDE IMPUGNARSE DESDE SU ENTRADA EN VIGOR, SIEMPRE Y CUANDO EL GOBERNADO ACREDITE, MEDIANTE EL MATERIAL PROBATORIO QUE ESTIME CONDUCENTE, QUE POR LA NATURALEZA DE LAS ACTIVIDADES, CONOCIMIENTOS, SERVICIOS O GIROS COMERCIALES A QUE SE DEDICA, SE ENCUENTRA SUJETO A LAS OBLIGACIONES, PROHIBICIONES O SANCIONES ESTABLECIDAS POR DICHO RÉGIMEN JURÍDICO ESPECIAL.1
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita constituye la pieza legislativa paradigmática de las regulaciones preventivas en el sistema administrativo mexicano contra las operaciones con recursos de procedencia ilícita, ya que establece las obligaciones para los sujetos regulados
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definidos como aquellos que realizan "actividades vulnerables" de identfiicar a los clientes y enviar avisos a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cuando el importe de las transacciones rebasan ciertos umbrales y prohíbe el uso de efectivo para saldar transacciones en determinados sectores y por ciertos montos.
La tesis de jurisprudencia con número de registro 2010929, señala que la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, publicada en el Diario Oicial de la Federación el 17 de octubre de 2012, y con vigencia de 17 de julio de 2013, es impugnable desde su entrada en vigor, en virtud de que dicho ordenamiento es de naturaleza autoaplicativa en su integridad.
Por naturaleza autoaplicativa comprendemos, en el caso de México, lo siguiente:
"El Pleno de la SCJN ha interpretado...
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