Tesis, Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 30 de Abril de 2021 (Tesis num. I.18o.A.39 K (10a.) de Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 30-04-2021 (Tesis Aisladas))

Número de registro2023046
Número de resoluciónI.18o.A.39 K (10a.)
Fecha de publicación30 Abril 2021
Fecha30 Abril 2021
MateriaDerecho Constitucional,Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación

El artículo 4o. constitucional establece que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. Ese derecho fundamental corresponde a la persona humana, pues sólo ésta puede disfrutarlo o ejercerlo materialmente, debido a que se encuentra vinculado con los requerimientos propios de una persona física para subsistir. El derecho a un medio ambiente sano es de aquellos que sólo pueden ser disfrutados por las personas físicas. En consecuencia, si las personas jurídicas no son titulares de ese derecho, carecen de interés legítimo para disfrutarlo mediante el juicio de amparo, por no resentir una afectación real y actual a su esfera jurídica.


DÉCIMO OCTAVO TRIBUNAL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR