Tesis, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 26 de Marzo de 2021 (Tesis num. I.7o.P.123 P (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 26-03-2021 (Tesis Aisladas))

Número de registro2022884
Número de resoluciónI.7o.P.123 P (10a.)
Fecha de publicación26 Marzo 2021
Fecha26 Marzo 2021
MateriaComún, Penal
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación

Hechos: En la demanda del juicio de amparo indirecto la parte quejosa, en su carácter de imputado, reclamó el citatorio ordenado por el agente del Ministerio Público para que compareciera a declarar en una carpeta de investigación por hechos probablemente constitutivos de delito, asistido de su defensor; durante la tramitación del juicio constitucional, el Juez de Distrito sobreseyó fuera de la audiencia constitucional, al considerar que se actualizaba una causa manifiesta e indudable de improcedencia, toda vez que el amparo es improcedente contra actos y diligencias llevados a cabo por el representante social, salvo que se afecten derechos sustantivos, al no contener apercibimiento el citatorio reclamado.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que no es notoria, manifiesta e indudable la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XII, de la Ley de Amparo que estimó actualizada el Juez de Distrito (contra actos que no afecten los intereses jurídicos o legítimos del quejoso) para decretar el sobreseimiento en el juicio de amparo fuera de la audiencia constitucional, aun cuando haya transcurrido la fecha de su citación.


Justificación: Lo anterior es así, porque en este estadio procesal, aun cuando las autoridades responsables rindieron su informe justificado, el juzgador de amparo no puede resolver de la simple lectura de la demanda y de las copias anexadas al informe si dicho citatorio causa o no una afectación al quejoso, pues requiere allegarse de todos los medios necesarios para resolver la controversia planteada en la vía constitucional, como son, en su caso, las pruebas que ofrezcan las partes para determinar si el citatorio citado es inconstitucional por afectar los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR