Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 5 de Marzo de 2021 (Tesis num. X.2o.11 L (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 05-03-2021 (Tesis Aisladas))

Número de registro2022764
Número de resoluciónX.2o.11 L (10a.)
Fecha de publicación05 Marzo 2021
Fecha05 Marzo 2021
MateriaLaboral
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación

Conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Petróleos Mexicanos (PEMEX) es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, por lo que cuando en un juicio laboral un trabajador demanda de dicho organismo o de alguna de sus empresas subsidiarias, el pago de cuotas y/o aportaciones al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), dicha pretensión es improcedente, toda vez que derivado de su régimen constitucional especial, ese organismo cuenta con los medios económicos suficientes para sufragar y regular el otorgamiento de esa prestación de seguridad social, relativa al ahorro para el retiro del trabajador.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CIRCUITO.

Amparo directo 1089/2019. Pemex Exploración y Producción. 10 de septiembre de 2020...

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