Tesis Aislada, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 13 de Marzo de 2020 (Tesis num. III.6o.A.27 A (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 13-03-2020 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | III.6o.A.27 A (10a.) |
Fecha de publicación | 13 Marzo 2020 |
Fecha | 13 Marzo 2020 |
Número de registro | 2021788 |
Materia | Constitucional,Derecho Constitucional |
Localizador | 10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.6o.A.27 A (10a.) |
Los preceptos citados regulan un impuesto indirecto, porque gravan una manifestación de riqueza consistente en la adquisición de vehículos automotores usados y no el mero acto de la adquisición de éstos, de modo que consideran la capacidad contributiva con un carácter mediato, como lo es la comercialización de ese tipo de bienes. Así, mediante la manifestación objetiva indirecta de su capacidad contributiva (riqueza), consistente en la adquisición de un vehículo usado, gravan en la misma proporción a los sujetos en función del valor semejante de origen del objeto adquirido, por lo que se trata igual a los contribuyentes que adquieren un vehículo de menor valor y, progresivamente, desigual a quienes compran uno más costoso. Por tanto, no violan el principio de...
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Sentencia Nº 0636/2020 del Tribunal de Justicia Administrativa de Jalisco, 2020
...Registro digital: 2021788 Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito Décima Época Materias(s): Constitucional, Administrativa Tesis: III.6o.A.27 A (10a.) Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de la Federación. Libro 76, Marzo de 2020, Tomo II, página 927 Tipo: Aislada) Consecuentemente se......