Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 14 de Febrero de 2020 (Tesis num. XXI.3o.C.T.11 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Vigésimo Primer Circuito, 14-02-2020 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.3o.C.T.11 C (10a.)
Fecha de publicación14 Febrero 2020
Fecha14 Febrero 2020
Número de registro2021622
MateriaConstitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXI.3o.C.T.11 C (10a.)

El segundo párrafo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece el derecho a la protección de datos personales de los gobernados como medio para garantizar la facultad de los individuos a decidir qué aspectos de su vida deben o no ser conocidos o reservados por el resto de la sociedad, y la posibilidad de exigir su cumplimiento a las autoridades y particulares que conocen, usan o difunden dicha información. En ese sentido, si bien la citada prerrogativa no es absoluta, lo cierto es que para restringirla la autoridad debe justificar válidamente tal afectación, con base en elementos objetivos y razonables. Ahora bien, el artículo 563 del Código Procesal Civil del Estado de Guerrero establece una restricción a ese derecho, ya que faculta al juzgador a investigar, sin la anuencia del demandado, los bienes e ingresos de éste, a efecto de contar con los elementos necesarios para determinar el monto de la pensión alimenticia que llegue a decretarse en definitiva; pero esta restricción se encuentra justificada en la medida en que privilegia un valor fundamental de rango superior, como es el derecho a los alimentos, ya que la subsistencia de una persona es de mayor preponderancia a la privacidad e intimidad del deudor alimentario, más aún cuando se encuentra involucrado el interés superior de un menor de edad. Por otro lado, en los juicios en los que la pretensión principal es el reconocimiento de la paternidad, y el pago de alimentos sólo constituye una prestación accesoria, el origen de la obligación alimentaria deriva, precisamente, del vínculo...

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