Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, 5 de Julio de 2019 (Tesis num. XXII.3o.A.C.3 C (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y Civil del Vigésimo Segundo Circuito, 05-07-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2020288
Número de resoluciónXXII.3o.A.C.3 C (10a.)
Fecha de publicación05 Julio 2019
Fecha05 Julio 2019
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXII.3o.A.C.3 C (10a.)

El artículo y fracción citados, señalan que los honorarios de los abogados generados por la "vista de actuaciones judiciales", cuando no exista disposición especial, se regularán conforme a las tarifas contenidas en el mismo precepto. Ahora bien, como el artículo invocado no distingue tipos de actuaciones judiciales, conforme al principio general que establece que donde la ley no distingue, no se debe distinguir, por la expresión "vista de actuaciones judiciales" debe entenderse la consulta que el abogado realice del expediente, incluyendo no sólo los proveídos, diligencias y demás actos procesales emitidos por el órgano jurisdiccional, sino también las promociones y actuaciones provenientes de las partes, así como los documentos allegados al procedimiento. Lo anterior se corrobora con...

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