Tesis Aislada, Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 25 de Enero de 2019 (Tesis num. I.16o.T.28 L (10a.) de Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, 25-01-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2019074
Número de resoluciónI.16o.T.28 L (10a.)
Fecha de publicación25 Enero 2019
Fecha25 Enero 2019
MateriaLaboral,Derecho Laboral y Seguridad Social
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.16o.T.28 L (10a.)

El artículo 46 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado establece las causas por las cuales puede ser cesado un trabajador; así, la fracción V, inciso j), prevé como causal: "Por prisión que sea resultado de una sentencia ejecutoria". En ese orden de ideas, "por prisión", debe entenderse la consecuencia, y no la ejecución material o no de la privación de la libertad, sino la imposición de una pena por condena firme, pues existen beneficios que las legislaciones penales prevén para que no se prive a determinada persona de su libertad. Por ello, si se trata de esa causal de cese, debe considerarse la magnitud e implicaciones que conllevaría permitir que una persona que fue procesada y condenada penalmente en una sentencia ejecutoria que imponga prisión por la comisión de un ilícito, en razón de las funciones que desempeñaba, continúe sirviendo al público. De modo que la cesación de la relación laboral por ese motivo, constituye una sanción vinculada y dependiente de la conducta de la persona, que no la hace...

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