Tesis Aislada, Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 18 de Enero de 2019 (Tesis num. I.12o.C.112 C (10a.) de Décimo Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 18-01-2019 (Tesis Aisladas))

Número de registro2018997
Número de resoluciónI.12o.C.112 C (10a.)
Fecha de publicación18 Enero 2019
Fecha18 Enero 2019
MateriaCivil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.12o.C.112 C (10a.)

En términos del artículo 77 de la Ley de Instituciones de Crédito, dichas instituciones prestarán los servicios previstos en el 46 de esta ley, de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables, y con apego a las sanas prácticas que propicien la seguridad de esas operaciones y procuren la adecuada atención a los usuarios de esos servicios. En esta tesitura, las Disposiciones de Carácter General aplicables a las Instituciones de Crédito, en su artículo 315, en relación con el diverso numeral 1, fracción CXVIII, que establece: "Para efectos de las presentes disposiciones, se entenderá por: ...CXVIII. Operación monetaria: a la transacción que implique transferencia o retiro de recursos dinerarios. Las operaciones monetarias podrán ser: a) Micro pagos: operaciones de hasta el equivalente en moneda nacional a 70 UDIS; b) De baja cuantía: operaciones de hasta el equivalente en moneda nacional a 250 UDIS diarias; c) De mediana cuantía: operaciones de hasta el equivalente en moneda nacional a 1,500 UDIS diarias; d) Por montos superiores al equivalente en moneda nacional a 1,500 UDIS diarias.". En el caso particular, no es aceptable que una institución financiera atribuya a un usuario la disposición de dinero en efectivo mediante cajeros por montos que excedan los límites permitidos diariamente pues, de hacerlo así, se estarían contrariando las disposiciones citadas, las cuales deben ser observadas por las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR