Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 7 de Diciembre de 2018 (Tesis num. 1a. CCCXXVII/2018 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 07-12-2018 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. CCCXXVII/2018 (10a.) |
Fecha de publicación | 07 Diciembre 2018 |
Fecha | 07 Diciembre 2018 |
Número de registro | 2018534 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. CCCXXVII/2018 (10a.) |
Si una vez realizado el análisis sobre tortura como acto reclamado de manera destacada, el juez considera que existen elementos para conceder el amparo, deberá determinar los efectos de su concesión atendiendo a los hallazgos de su investigación y a los impactos que esa tortura haya tenido en distintos ámbitos. Un primer efecto sería, entre otras cuestiones, que la parte quejosa pueda tener acceso adecuado a un proceso justo, libre de intimidación, así como a la búsqueda de información necesaria para poder hacer frente a la justicia y a diversos actos procesales, judiciales, administrativos o ministeriales que pudiesen estar relacionados con el acto reclamado y servir como prueba en el caso que se le inicie un proceso o esté en curso. Además, los efectos deberán ser precisados por la autoridad de amparo dependiendo de las circunstancias concretas en que los considere probados y determinar las medidas reparatorias relacionadas con ello. Independientemente de lo anterior, el juez debe dar vista al Ministerio Público para que realice las investigaciones pertinentes en relación con el alegato de tortura en su vertiente de delito.
Amparo en revisión 256/2015. 3 de octubre de 2018. Mayoría de cuatro votos de los Ministros A.Z.L. de L., quien reservó su derecho para formular voto concurrente, J.R.C.D., quien reservó su derecho para formular voto concurrente, A.G.O.M. y N.L.P.H., quien indicó estar con el sentido, con salvedad en consideraciones. Disidente: J.M.P.R., quien reservó su derecho para formular voto particular. Ponente: A.G.O.M.. Secretario: J.R.I..
Esta tesis se publicó el viernes 07 de diciembre de 2018 a las 10:19 horas en el Semanario Judicial de la Federación.-
Sentencia con número de expediente 10/2022. Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Decimosexto Circuito, 2022-05-17
...que la 19 propia Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia 20 de la Nación ha dejado establecidos en las tesis 21 aisladas 1a. CCCXXVII/2018 (10a.) y 22 CCCXXVI/2018 (10a.), cuyo contenido ha sido 23 examinado en este fallo. 24 III. Hecho lo anterior, actuará conforme a derecho 25 proced......