Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 7 de Diciembre de 2018 (Tesis num. 1a. CXLIX/2018 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 07-12-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resolución1a. CXLIX/2018 (10a.)
Fecha de publicación07 Diciembre 2018
Fecha07 Diciembre 2018
Número de registro2018743
EmisorPrimera Sala
MateriaConstitucional, Civil
Localizador10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a. CXLIX/2018 (10a.)

Con fundamento en los preceptos citados se toman determinaciones que inciden directamente en la capacidad de ejercicio de la persona con discapacidad, tales como el nombramiento de un tutor interino, que implica un acotamiento o una limitación de los derechos inherentes a la capacidad de la persona, pues con ello se restringen sin más sus posibilidades de actuación. En consecuencia, es obligatorio dar audiencia a la persona cuyos derechos están en juego, y con mayor razón si estos derechos involucran su libertad, la autonomía en las decisiones, su libre desarrollo de la personalidad, además de otros derechos de proyección patrimonial, aunque en el procedimiento de interdicción establecido en los artículos 916 y 917 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, no se prevea expresamente el derecho para que las personas sobre quienes recae la eventual declaración de incapacidad comparezcan ante el J. a expresar su opinión durante el trámite de las diligencias de jurisdicción voluntaria.

Amparo en revisión 1043/2015. B.E.G.E.. 29 de marzo de 2017. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros A.Z.L. de Larrea, J.R.C.D., quien formuló voto concurrente, N.L.P.H. y A.G.O.M.. Ausente: J.M.P.R.. Ponente: A.G.O.M.. Secretaria: M.D.I.D. de Sollano.


Esta tesis se publicó el viernes 07 de diciembre de 2018 a las 10:19 horas en el Semanario Judicial de la Federación.
2 sentencias

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