Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 7 de Diciembre de 2018 (Tesis num. XXVII.1o.7 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 07-12-2018 (Tesis Aisladas))

Número de registro2018603
Número de resoluciónXXVII.1o.7 A (10a.)
Fecha de publicación07 Diciembre 2018
Fecha07 Diciembre 2018
MateriaAdministrativa
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.1o.7 A (10a.)

Los adeudos a cargo de los usuarios de los servicios de agua potable y alcantarillado tienen el carácter de créditos fiscales, en cuya impugnación convergen la Ley de Agua Potable y Alcantarillado y el Código Fiscal, ambos del Estado de Q.R., los cuales contienen medios de impugnación distintos contra las resoluciones que los determinan. Así, la primera, antes de su reforma publicada en el Periódico Oficial local el 5 de abril de 2016, en vigor al día siguiente, preveía el recurso de inconformidad, que procedía contra las resoluciones y actos de las autoridades encargadas de la aplicación e interpretación de la ley citada, y debía interponerse en el plazo de quince días siguientes a su notificación, mientras que, el segundo, establece el de revocación, el cual puede hacerse valer en el plazo de treinta días. En estas condiciones, no se está ante un problema de antinomia o...

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