Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 7 de Diciembre de 2018 (Tesis num. VII.2o.C.162 C (10a.) de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 07-12-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.2o.C.162 C (10a.)
Fecha de publicación07 Diciembre 2018
Fecha07 Diciembre 2018
Número de registro2018730
MateriaCivil,Derecho Civil
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; VII.2o.C.162 C (10a.)

Las nulidades procesales son aquellas que se actualizan al no cumplirse con las formalidades esenciales del proceso, como sucede cuando se realiza una notificación indebidamente; mientras que las nulidades sustantivas obedecen a cuestiones relacionadas con la persona que promueve, como lo sería la falta de personalidad del actor o su incapacidad para actuar en el procedimiento. En esa virtud, si en un juicio se declaran nulas todas las actuaciones, incluyendo las tendientes a impulsar el procedimiento de ejecución del convenio judicial que las partes celebraron en el juicio de origen, esa nulidad no trasciende ni incide en su eficacia legal para efectos de la prescripción intentada de la ejecución del convenio relativo, al ser dichas promociones autónomas e independientes de la notificación practicada por la autoridad...

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