Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 7 de Diciembre de 2018 (Tesis num. XXVII.1o.6 A (10a.) de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 07-12-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVII.1o.6 A (10a.)
Fecha de publicación07 Diciembre 2018
Fecha07 Diciembre 2018
Número de registro2018825
MateriaComún,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.1o.6 A (10a.)

Del artículo 162 del reglamento citado, se advierte que los servicios de carga, en la modalidad de arrastre, cuando acontece un hecho de tránsito, deben efectuarse por la Dirección de Tránsito Municipal y, si ésta es incapaz de prestarlos, solicitará el apoyo a una empresa privada del ramo, quien actúa como su auxiliar, al determinar la tarifa y exigir al gobernado el pago por ese concepto y, en su caso, por la pensión correspondiente, porque la función realizada deriva de las fracciones II y IV del numeral 162 citado; de ahí que no constituya un acto de coordinación, pues la relación del propietario del vehículo con esa persona moral es impuesta por la autoridad de tránsito. Por tanto, la determinación de la tarifa relativa y la exigencia de su pago son actos de particular, equivalentes a los de...

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