Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 21 de Septiembre de 2018 (Tesis num. XVI.1o.C.2 C (10a.) de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Décimo Sexto Circuito, 21-09-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.1o.C.2 C (10a.)
Fecha de publicación21 Septiembre 2018
Fecha21 Septiembre 2018
Número de registro2017894
MateriaConstitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XVI.1o.C.2 C (10a.)

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación definió en las tesis aisladas 1a. CXCIII/2015 (10a.) y 1a. CCLXXXV/2015 (10a.), que la explotación del hombre por el hombre, a que se refiere el artículo 21, numeral 3, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, es aquella situación en la que una persona o grupo de personas utiliza abusivamente en su provecho los recursos económicos de otra, el trabajo de éstas o a las personas mismas; además de que en las operaciones contractuales, dicha categoría está reservada a casos graves en los que no sólo se obtiene un provecho económico o material, sino que también afectan la dignidad de las personas. En este orden, la circunstancia de que los artículos 517 y 518 citados, prevean que el valor del inmueble se reducirá en un diez por ciento tanto en la primera como en cada una de las subsecuentes almonedas, no debe interpretarse como una explotación del hombre por el hombre, en razón de que la depreciación del valor del bien no significa que la postora o postor abuse de la parte ejecutada al grado de afectar su derecho de propiedad, tampoco que ésta se encuentre en una posición desventajosa frente a aquélla o aquél, ni mucho menos que la venta judicial afecte su dignidad humana. Esto, porque las ventas judiciales a diferencia de las comerciales, no persiguen un propósito de lucro, sino la ejecución de la sentencia de remate que las ordena; derivado de ello, la disminución del precio en el porcentaje anotado por cada almoneda que se lleve a cabo, garantiza la posibilidad de que la enajenación del inmueble sea plausible por lo atractivo del precio ya que, de lo contrario, ante la falta de demanda y...

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