Tesis Aislada, Tribunales Colegiados de Circuito, 17 de Agosto de 2018 (Tesis num. I.6o.P.107 P (10a.) de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, 17-08-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.6o.P.107 P (10a.)
Fecha de publicación17 Agosto 2018
Fecha17 Agosto 2018
Número de registro2017610
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; I.6o.P.107 P (10a.)
MateriaComún

Si en el juicio de amparo se impugna la respuesta a una petición relacionada con el derecho de defensa del quejoso, derivado de una averiguación previa y/o carpeta de investigación, en la cual, éste tiene la calidad de imputado, con la finalidad de que le fuera respetado ese derecho; aun cuando el acto reclamado reviste la naturaleza de declarativo, que en sí mismo carece de ejecución material, y respecto del cual sería del conocimiento del Juez de Distrito que ejerza jurisdicción en el lugar donde se presentó la demanda de amparo, conforme al supuesto normativo previsto en el último párrafo del artículo 37 de la ley de la materia; sin embargo, en el caso, existe una excepción a esa regla general regulada en el precepto legal citado, pues es competente el Juez de Distrito con residencia en el lugar en el que se encuentre la autoridad que contestó esa petición, y no el Juez del lugar en donde se presentó la demanda de amparo. Lo anterior es así, ya que la autoridad ministerial, al dar contestación a una petición del quejoso, lleva a cabo un actuar que tendrá incidencia en el lugar...

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