Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 3 de Agosto de 2018 (Tesis num. XXVII.3o.133 K (10a.) de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito, 03-08-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVII.3o.133 K (10a.)
Fecha de publicación03 Agosto 2018
Fecha03 Agosto 2018
Número de registro2017496
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; XXVII.3o.133 K (10a.)
MateriaComún

De los artículos 192, 193 y 196 de la Ley de Amparo, se advierte que el objeto del incidente de inejecución de sentencia lo constituyen el estudio y la determinación del incumplimiento de una ejecutoria de amparo por la autoridad responsable, o bien, en términos del artículo 40 de la Ley Reglamentaria del Artículo 6o., P.P., de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en Materia del Derecho de Réplica, la contumacia de un particular, como parte obligada al cumplimiento de la sentencia dictada en el procedimiento especial en la materia. En este último supuesto, al no estar en el caso de formular un proyecto de separación del cargo de una autoridad renuente a cumplir la ejecutoria respectiva, en términos del artículo 193, sexto párrafo, citado, por tratarse de un fallo dictado en un procedimiento diverso al juicio constitucional, en donde la demandada obligada no tiene el carácter de autoridad responsable, es inaplicable por analogía este último precepto, por lo que procede remitir los autos del incidente y del procedimiento especial respectivo a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para lo que determine resolver, de conformidad con el punto tercero del Acuerdo General Número 12/2009 del Pleno del Alto Tribunal, y con la fracción XVI del artículo 107 constitucional.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

Incidente de inejecución 4/2018. F.M.M.. 8 de marzo de 2018. Unanimidad de votos. Ponente: S.H.A.J...

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