Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 11 de Mayo de 2018 (Tesis num. III.7o.A.23 A (10a.) de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, 11-05-2018 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.7o.A.23 A (10a.)
Fecha de publicación11 Mayo 2018
Fecha11 Mayo 2018
Número de registro2016849
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
Localizador10a. Época; T.C.C.; Semanario Judicial de la Federación; III.7o.A.23 A (10a.)

La restricción para la instalación de gasolineras y estaciones de servicio prevista en los artículos citados, en el sentido de que deben ubicarse a una distancia mínima de resguardo de 1,500 (mil quinientos) metros lineales en áreas urbanas y 12,000 (doce mil) metros lineales en áreas rurales, con respecto a otra estación de servicio; de 250 (doscientos cincuenta) metros de centros de concentración masiva, como escuelas, hospitales, mercados, cines, teatros, estadios, auditorios e iglesias, y de 30 metros con respecto a líneas de alta tensión, vías férreas y ductos que transportan productos derivados del petróleo, no vulnera la competencia federal en materia de seguridad industrial y operativa del sector de los hidrocarburos. Lo anterior, en razón de que el objeto principal de dichas disposiciones es que en la instalación de una gasolinera o estación de servicio se respeten los principios y la legislación relativa al ordenamiento de los asentamientos humanos y a la protección civil, así como para autorizar, controlar y vigilar el uso de suelo o para otorgar licencias de construcción, facultades que tienen los Municipios en términos del artículo 115, fracciones II y V, incisos d) y f) y último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y fueron expedidas para cumplir con sus atribuciones de vigilancia en las condiciones de seguridad que deben tener la vida de las personas, sus bienes y entorno, ante cualquier evento destructivo de origen natural o generado por la actividad humana, por medio de medidas de prevención de riesgos y en lo relativo al ordenamiento de asentamientos humanos. Cabe señalar que si bien esas normas reglamentarias se encuentran dirigidas a los establecimientos donde se venderán combustibles, lo...

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